El IRS anuncia alivio tributario para las víctimas del huracán Ida

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El huracán Ida se formó el 26 de agosto y atravesó el estado de Luisiana dejando a millones de personas sin energía y muchas zonas en estado de desastre. Si sufriste los efectos del huracán Ida o de algún otro desastre natural, queremos que sepas que TurboTax está aquí para ti, manteniéndote al día con información importante acerca del alivio tributario que puede ayudarte en estos tiempos difíciles. 

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) declaró los recientes eventos como un desastre y el IRS anunció que las víctimas del huracán que afectó el estado de Luisiana ahora tienen hasta el 3 de enero de 2022 para presentar varias declaraciones de impuestos individuales y de negocios, y para realizar ciertos pagos de impuestos. Por el momento, esto incluye a todo el estado de Luisiana, pero los contribuyentes afectados por Ida en localidades designadas por la FEMA que se encuentren en estados vecinos recibirán automáticamente la misma ayuda en las presentaciones y pagos de impuestos. 

¿Cuáles son las fechas límite extendidas de pago y presentación de impuestos para las víctimas del huracán Ida? 

Luisiana

El alivio tributario pospone varias fechas límite de presentación y pago de impuestos a partir del 26 de agosto de 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que originalmente vencían durante este período. Estos incluyen: 

  • Declaraciones individuales y de negocios de 2020 con prórrogas válidas: las personas con prórrogas válidas para presentar sus declaraciones de impuestos para el 2020 hasta el 15 de octubre del 2021, ahora tienen hasta el 3 de enero del 2022 para realizar su declaración. Las empresas con prórrogas también tienen tiempo hasta el 3 de enero de 2022, incluyendo, entre otras, corporaciones cuyas prórrogas para el 2020 vencen el 15 de octubre de 2021. El IRS dispuso que dado a que los pagos de impuestos relacionados con las declaraciones para el 2020 vencían el 17 de mayo de 2021, dichos pagos no son elegibles para una prórroga.   
  • Pagos trimestrales de impuestos estimados de 2020: los pagos trimestrales de impuestos estimados cuya fecha límite es el 15 de septiembre del 2021 se han extendido hasta el 3 de enero de 2022. 
  • Declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales: Las declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales que vencen el 1 de noviembre de 2021 también pueden presentarse hasta el 3 de enero de 2022. Además, las multas sobre los depósitos de nóminas e impuestos especiales con vencimiento a partir del 26 de agosto (o en esa fecha) y antes del 10 de septiembre también se aplazarán, siempre y cuando los depósitos se hayan realizado antes del 10 de septiembre de 2021.  

Las organizaciones exentas de impuestos durante el año, que operan en base a un calendario anual y tienen prórrogas válidas para sus declaraciones de impuestos de 2020 con vencimiento el 15 de noviembre de 2021, también pueden beneficiarse del tiempo extra. 

Nueva York y Nueva Jersey

El alivio tributario pospone varias fechas límite de presentación y pago de impuestos a partir del Septiembre 1 de 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que originalmente vencían durante este período. Estos incluyen: 

  • Declaraciones individuales y de negocios de 2020 con prórrogas válidas: las personas con prórrogas válidas para presentar sus declaraciones de impuestos para el 2020 hasta el 15 de octubre del 2021, ahora tienen hasta el 3 de enero del 2022 para realizar su declaración. Las empresas con prórrogas también tienen tiempo hasta el 3 de enero de 2022, incluyendo, entre otras, corporaciones cuyas prórrogas para el 2020 vencen el 15 de octubre de 2021. El IRS dispuso que dado a que los pagos de impuestos relacionados con las declaraciones para el 2020 vencían el 17 de mayo de 2021, dichos pagos no son elegibles para una prórroga.   
  • Pagos trimestrales de impuestos estimados de 2020: los pagos trimestrales de impuestos estimados cuya fecha límite es el 15 de septiembre del 2021 se han extendido hasta el 3 de enero de 2022. 
  • Declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales: Las declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales que vencen el 1 de noviembre de 2021 también pueden presentarse hasta el 3 de enero de 2022. Además, las multas sobre los depósitos de nóminas e impuestos especiales con vencimiento a partir del Septiembre 1 (o en esa fecha) y antes del 16 de septiembre también se aplazarán, siempre y cuando los depósitos se hayan realizado antes del 16 de septiembre de 2021.  

Las organizaciones exentas de impuestos durante el año, que operan en base a un calendario anual y tienen prórrogas válidas para sus declaraciones de impuestos de 2020 con vencimiento el 15 de noviembre de 2021, también pueden beneficiarse del tiempo extra. 

Mississippi

El alivio tributario pospone varias fechas límite de presentación y pago de impuestos a partir del 28 de agosto de 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que originalmente vencían durante este período. Estos incluyen: 

  • Declaraciones individuales y de negocios de 2020 con prórrogas válidas: las personas con prórrogas válidas para presentar sus declaraciones de impuestos para el 2020 hasta el 15 de octubre del 2021, ahora tienen hasta el 3 de enero del 2022 para realizar su declaración. Las empresas con prórrogas también tienen tiempo hasta el 3 de enero de 2022, incluyendo, entre otras, corporaciones cuyas prórrogas para el 2020 vencen el 15 de octubre de 2021. El IRS dispuso que dado a que los pagos de impuestos relacionados con las declaraciones para el 2020 vencían el 17 de mayo de 2021, dichos pagos no son elegibles para una prórroga.   
  • Pagos trimestrales de impuestos estimados de 2020: los pagos trimestrales de impuestos estimados cuya fecha límite es el 15 de septiembre del 2021 se han extendido hasta el 3 de enero de 2022. 
  • Declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales: Las declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales que vencen el 1 de noviembre de 2021 también pueden presentarse hasta el 3 de enero de 2022. Además, las multas sobre los depósitos de nóminas e impuestos especiales con vencimiento a partir del 28 de agosto (o en esa fecha) y antes del 13 de septiembre también se aplazarán, siempre y cuando los depósitos se hayan realizado antes del 13 de septiembre de 2021.  

Las organizaciones exentas de impuestos durante el año, que operan en base a un calendario anual y tienen prórrogas válidas para sus declaraciones de impuestos de 2020 con vencimiento el 15 de noviembre de 2021, también pueden beneficiarse del tiempo extra. 

Pensilvania

El alivio tributario pospone varias fechas límite de presentación y pago de impuestos a partir del 31 de agosto de 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que originalmente vencían durante este período. Estos incluyen: 

  • Declaraciones individuales y de negocios de 2020 con prórrogas válidas: las personas con prórrogas válidas para presentar sus declaraciones de impuestos para el 2020 hasta el 15 de octubre del 2021, ahora tienen hasta el 3 de enero del 2022 para realizar su declaración. Las empresas con prórrogas también tienen tiempo hasta el 3 de enero de 2022, incluyendo, entre otras, corporaciones cuyas prórrogas para el 2020 vencen el 15 de octubre de 2021. El IRS dispuso que dado a que los pagos de impuestos relacionados con las declaraciones para el 2020 vencían el 17 de mayo de 2021, dichos pagos no son elegibles para una prórroga.   
  • Pagos trimestrales de impuestos estimados de 2020: los pagos trimestrales de impuestos estimados cuya fecha límite es el 15 de septiembre del 2021 se han extendido hasta el 3 de enero de 2022. 
  • Declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales: Las declaraciones trimestrales de nóminas e impuestos especiales que vencen el 1 de noviembre de 2021 también pueden presentarse hasta el 3 de enero de 2022. Además, las multas sobre los depósitos de nóminas e impuestos especiales con vencimiento a partir del 31 de agosto (o en esa fecha) y antes del 15 de septiembre también se aplazarán, siempre y cuando los depósitos se hayan realizado antes del 15 de septiembre de 2021.  

Las organizaciones exentas de impuestos durante el año, que operan en base a un calendario anual y tienen prórrogas válidas para sus declaraciones de impuestos de 2020 con vencimiento el 15 de noviembre de 2021, también pueden beneficiarse del tiempo extra. 

¿Qué tengo que hacer para solicitar la prórroga de impuestos? 

El IRS proporciona automáticamente una prórroga para la presentación de la declaración y la imposición de multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada en el IRS situada en la zona del desastre. Los contribuyentes no necesitan ponerse en contacto con el IRS para obtener esta exención. Sin embargo, si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentación tardía o por pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original o ampliada que cae dentro del período de prórroga, el contribuyente debe llamar al número que aparece en el aviso para que se le reduzca la multa. 

La lista actual de localidades elegibles está siempre disponible en la página de alivio en situaciones de desastre en IRS.gov. 

¿Tienen derecho a una prórroga las zonas cercanas fuera de Luisiana? 

El IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área de desastre, pero cuyos registros necesarios para cumplir con una fecha límite que ocurra durante el período de prórroga se encuentren en el área afectada. Los contribuyentes que reúnan los requisitos para la prórroga y que vivan fuera de la zona del desastre deben ponerse en contacto con el IRS llamando al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan a las actividades de socorro, que están afiliados a una organización reconocida del gobierno o filantrópica. 

¿Cómo puedo reclamar en mis impuestos las pérdidas por daños y propiedades en caso de catástrofe? 

Las personas o las empresas que hayan sufrido pérdidas por daños no asegurados o no reembolsados relacionados con la catástrofe pueden optar por reclamarlas en la declaración de impuestos del año en que se produjo el daño (en este caso, la declaración de 2021 presentada en 2022), o bien pueden deducirse las pérdidas en la declaración de impuestos del año anterior (2020). Los particulares también pueden deducir las pérdidas de bienes personales que no estén cubiertas por el seguro u otros reembolsos. Asegúrate de escribir el número de la declaración de FEMA (4611) correspondiente al huracán Ida de Luisiana en toda declaración en la que se reclame una pérdida.  

El alivio tributario forma parte de una respuesta federal coordinada a los daños causados por las duras tormentas y se basa en las evaluaciones de daños locales realizadas por FEMA. Para obtener información sobre la recuperación de desastres, visite disasterassistance.gov/es.  

Si no eres una víctima, pero quieres ayudar a los necesitados, esta es una gran oportunidad para donar u ofrecer tu tiempo a organizaciones benéficas legítimas sin fines de lucro 501(c)(3) que están proporcionando ayuda a las víctimas del huracán. 

Vuelve a consultar el blog de TurboTax para obtener más información sobre el alivio en caso de catástrofe. 

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